Los miembros del Tribunal de Justicia Deportiva (TJD) de la Liga resolvieron declarar como improbada la impugnación que realizó el club Blooming contra Ciclón por una aparente vulneración al artículo 125 del Reglamento del Estatuto Orgánico de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF).
Dicho artículo hace mención a la presencia obligatoria de siete jugadores de origen durante un partido, la observación de la entidad cruceña apunta a que Ciclón infringió esta norma en el cotejo realizado el domingo 22 de noviembre en Santa Cruz, donde el triunfo (3-2) fue para la visita.
Los albicelestes comenzaron ese compromiso con siete bolivianos y cuatro extranjeros, éstos eran: Maximiliano Andrada, Gabriel Díaz, Mariano Ramírez e Ignacio Martínez, pero fue expulsado Ramírez y por disposición del director técnico Víctor Hugo Andrada ingresó el argentino Nicolás Canalis en lugar de Yeltsin Ovando, y aquí radicaría la vulneración por quedar con seis bolivianos.
“El Tribunal declara improbada la impugnación interpuesta por el Club Blooming en contra del club Atlético Ciclón, por la supuesta vulneración del artículo 125 del Reglamento Orgánico de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF)”, establece la resolución del Tribunal, a cargo de la firma Hassenteufel & Asociados.
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